BOOK-2019-007

Direito civil, de família e constituicional e gênero, sexualidades e direito

Gascón Marcén, Ana ; [et al.]

2019
Prensas de la Universidad de Zaragoza Zaragoza
ISBN: 978-84-17633-55-4

Resumen: La Constitución tiene atribuido un poder revolucionario en tanto que puede crear conceptos inéditos que después deben ser asumidos por el legislador ordinario en virtud del principio de jerarquía normativa. Tanto los dictados del TC como, ante todo, la reinterpretación de los derechos fundamentales efectuada de la mano de ciertos tribunales supranacionales han ido espoleando los antiguos Códigos civiles europeos. Las normas decimonónicas deben abandonar los planteamientos que un su día inspiraron su redacción para comenzar progresivamente a adaptarse a este nuevo orden jurídico y a los problemas sociales del presente. El epicentro del Derecho civil occidental, como conjunto disciplinado de derechos subjetivos, es el propio individuo; el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana son los pilares sobre los que debe erigirse la totalidad del sistema. En España esta transición no está siendo fácil; en unas ocasiones, el camino elegido ha llevado al legislador a abusar de la técnica del parcheado; en otras, se ha cincelado el Código a golpe de sucesivas reformas conforme venían impuestas por la doctrina constitucional, quizá sin consideración suficiente a la armonía que ha de presidir la sistemática de un ordenamiento jurídico en su conjunto. Buena parte de este esfuerzo de modernización ya ha sido realizado por algunos países de América Latina. Entre los más vanguardistas descuella con voz propia Brasil cuyo nuevo Código civil (2002) ha sabido aclimatarse al signo de los tiempos y ofrecer solución a la mayoría de los interrogantes actuales. Da muestra sobrada de ello las artículos expuestos durante este encuentro de internacionalización que nuestra Facultad ha tenido el orgullo de poder acoger. Sin duda el análisis comparativo de ambos sistemas y el intercambio de experiencias ha resultado tan provechoso como enriquecedor para los juristas de ambas latitudes. Fabrício Veiga Costa y Denise Maria Soares llevan a cabo una investigación acerca del fenómeno del bullying en la escuela y la posibilidad de que la propia institución de enseñanza responda civilmente por los daños morales causados a la víctima como consecuencia de su conducta omisiva. Bricio Luis Da Anunciacao Melo y Clara Angélica Gonçalves Cavalcanti Dias presentan un estudio sobre el derecho a la protección de la privacidad de condenados y el modo en el que éste puede verse afectado por la obligación que establece la Ley 12654/2012 de identificación del perfil genético de los condenados. Tras un estudio exhaustivo de la doctrina especializada, Eudes Vitor Bezerra y Marcelo Negri Soares con apoyo en la amenaza del perjurio, apuestan por la necesidad de dotar de celeridad a la resolución de los conflictos familiares en las fases iniciales del proceso, para descongestionar la sobrecargada administración de justicia brasileña. Ariolino Neres Sousa Junior lleva a cabo un estudio acerca de las nuevas reglas de la incapacidad civil establecidas por el Estatuto de la Persona con Discapacidad aprobado a través de la Ley 13146/2015. El trabajo presentado por Karina Pinheiro de Castro ofrece una visión crítica de la disposición del art. 1208 del CC brasileño sustentada en un abundante aparato crítico. Con apoyo en el principio constitucional de la función social la autora explora la posibilidad de que el precarista pueda llegar a recuperar la posesión e incluso usucapir la propiedad del bien cuya tenencia material ostenta. Dênio Guilherme Dos Reis efectúa una comparación entre la posesión extrajudicial adversa en la antigua Ley rituaria de 1973 y las innovaciones incorporadas por el Código procesal civil para ofrecer un sugerente panorama sobre el instituto a la vista de las disposiciones administrativas registrales en vigor. Tratar de desentrañar el concepto de autodeterminación informativa al efecto de poder precisar qué daños resultan indemnizables es el objetivo que se propone Karin Anneliese Pupp para concluir que la noción Selbstbestimmung no se encuentra todavía suficientemente asentada y requiere de una mayor profundización doctrinal. Lais Machado Lucas defiende un trabajo cuya tesis principal es que las interferencias generadas por los grandes agentes económicos han llevado a que el concepto de contrato haya experimentado una verdadera transformación. Tras esta mutación el negocio jurídico por antonomasia ha dejado de ser reflejo de la voluntad de las partes para expresar intereses diversos de aquellos que son fruto de la autonomía privada. Paulo J. Alvares dos Prazeres y André V. Guimarães de Carvalho contraponen el anonimato de los donantes en la fecundación in vitro al derecho a conocer los orígenes biológicos y la identidad genética. El resultado es un vínculo socio-afectivo con todos los implicados en el proceso reproductivo desde un concepto más amplio de familia. Edilene Lôbo y Suzana Oliveira efectúan un análisis del derecho a una muerte sin sufrimiento a través de la eutanasia y el suicidio asistido cuestionando que el Estado deba inmiscuirse en el ejercicio de tal libertad; la autonomía privada debe poder realizarse en todas las fases de la vida, incluida la terminal, a través de actos de dignificación de la persona como son las voluntades anticipadas. -III- Tras la atenta consulta de los trabajos que ahora se presentan al lector, se puede concluir con carácter general que el Derecho civil y sus instituciones sempiternas han iniciado su andadura en el S. XXI teniendo que hacer frente a un sinfín de nuevos retos dentro de una realidad social siempre cambiante. El respeto a la dignidad humana y a los derechos fundamentales han llevado a reinterpretar figuras clásicas de nuestra disciplina (matrimonio, filiación, incapacitación...); la visión de principios constitucionales ya asentados (investigación de la paternidad, tutela judicial efectiva, función social de la propiedad, libre desarrollo de la personalidad...) con nuevos ojos ha supuesto una evolución constante de esta materia a través de reformas parciales en nuestro país o con la formulación de un Código de nuevo cuño en Brasil. Lo mismo cabría decir de la celeridad del tráfico económico, la irrupción de las nuevas formas de contratación y el avance imparable de las TIC (certificados digitales, firmas electrónicas, técnicas de reproducción asistida, criogenización, inteligencia artificial...), que han venido para quedarse. Esta rica fenomenología social ofrece retos legales y éticos a los que el jurista debe hacer frente. Tanto en los desafíos presentes como en los que aún están por llegar la labor asumida por la Academia a través de la argumentación resulta vital en este proceso de aclimatación para que el ordenamiento pueda dar una justa respuesta a los problemas de los ciudadanos. Y a ello aspiran con el resultado de sus investigaciones los participantes en esta VIII edición del CONPEDI.


DOI: 10.26754/uz.978-84-17633-55-4


El registro pertenece a las siguientes colecciones:
Libros > Divulgación



 Registro creado el 2019-02-21, última modificación el 2019-02-21


Texto completo:
Descargar el texto completo
PDF

Valore este documento:

Rate this document:
1
2
3
 
(Sin ninguna reseña)